Consiste en un auxilio económico por adquisición de vivienda nueva o usada, según soportes entregados. de acuerdo a los montos aprobados por la Junta Directiva y a los recursos destinados y disponibles para tal fin

Destinación: El auxilio será destinado para pago de gastos notariales por proceso de escrituración por la adquisición de vivienda nueva a nombre del Asociado.

Periodicidad: Una única vez.

Antigüedad: 6 Meses continuos y cumplidos de afiliación al Fondo de Empleados – FOLIMP cuando su afiliación sea por primera vez o por reingreso al Fondo de Empleados FOLIMP.

Cuantía: FOLIMP reconocerá y pagará al asociado lo establecido en la siguiente tabla.


Aprobación Auxilios para Grupos Conectados: En caso de presentarse dos solicitudes por el mismo evento para grupos conectaos de asociados dependerá de la Junta Directiva su aprobación dado que se evaluará el valor de los gastos de escrituración; de acuerdo a este análisis será este órgano quien confirme si se otorga un auxilio por Grupo Familiar o de manera independiente por Asociado y en simultáneo teniendo en el presupuesto disponible.

REQUISITOS:

1. Ser asociado hábil, es decir encontrarse al día en las obligaciones a la fecha de la solicitud de utilización de los recursos y no estar sancionado por el Fondo de Empleados FOLIMP.

2. Copia legible de la factura de liquidación Gastos de Escrituración emitida por la notaría a nombre del Asociado con fecha vigente y no mayor a 30 días.

3. Fotocopia legible de la cédula del Asociado (a).

4. Diligenciar el formato establecido para tal fin.

5. No presentar suspensión temporal de los servicios y/o derechos, de acuerdo con lo estipulado en el Art. 32 del Estatuto.

       6. No encontrarse en proceso de Paz y Salvo o suspendido laboralmente.

       7. Haber realizado el proceso de actualización de datos por cualquier medio dispuesto por FOLIMP, si se coteja que el asociado no ha realizado el proceso, estando obligado a realizarlo en la vigencia establecida no se le dará trámite al auxilio hasta tanto no realice el proceso establecido en el Numeral 9.2.1.8. del Manual Sarlft vigente.

 REINTEGRO AUXILIO: Si el Asociados beneficiado con el auxilio de escrituración, presenta:

Renuncia voluntaria del Fondo de Empleados:

El Auxilio de escrituración quedará en firme una vez superados los 3 meses; pero si el asociado beneficiado con el auxilio de escrituración presenta desvinculación voluntaria FOLIMP en un lapso inferior a 3 meses contados desde la fecha de desembolso del auxilio hasta el día de la presentación del formato de retiro voluntario, se le descontará el valor proporcional a la fracción de los meses faltantes para cumplir el término establecido de sus aportes y ahorros.

Renuncia voluntaria de la Empresa Patronal:

El Auxilio de escrituración quedará en firme una vez superados los 3 meses; pero si el asociado beneficiado con el auxilio de escrituración presenta desvinculación voluntaria de la empresa patronal por la cual se encuentra laborando en un lapso inferior a 3 meses, contados desde la fecha del desembolso del auxilio hasta el día de la presentación de su paz y salvo, se le descontará el valor proporcional a la fracción de los meses faltantes para cumplir el término establecido de sus aportes y ahorros o del valor de sus prestaciones sociales por liquidación final a la fecha del retiro voluntario.

Desvinculación por Liquidación Final:

Si el asociado beneficiado con el auxilio es desvinculado de la empresa patronal, no reintegrará el auxilio otorgado.

PRESUPUESTO: Estos auxilios se alimentan del porcentaje establecido por Junta Directiva sobre la distribución del fondo de bienestar decretado en asamblea; significa lo anterior que los recursos destinados para este fin son limitados y por lo tanto este tipo de auxilios no se podrán otorgar una vez agotados los recursos.


COMO SOLICITARLO:

  1. Diligenciar el FORMATO 03e-V1 SOLICITUD AUXILIO FOLIMP.
  2. Adjuntar los soportes solicitados por Folimp
  3. Radicarlo en las oficinas de Folimp.
 
Descargar el Formato 

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Fondo De Empleados Del Grupo Ciudad Limpia

Calle 59c Sur # 51-50
Bogotá, Colombia

(601) 7300 150

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